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Términos y condiciones
Para qué sirve
Esta sección permite gestionar el texto del contrato de apertura de cuenta que cada inversor debe aceptar y firmar durante el proceso de onboarding. El contenido que se configure aquí queda incorporado al documento contractual que se genera y se envía a firma; cualquier cambio publicado reemplaza al texto anterior como versión vigente.
Quién lo usa
Principalmente el oficial de cumplimiento y el equipo legal de su empresa. Son ellos quienes redactan el texto del contrato, validan su contenido ante cambios regulatorios y deciden cuándo publicar una nueva versión.
Qué se puede hacer
- Editar y guardar el contenido vigente. El texto se edita en un campo de texto plano donde podés escribir HTML básico para dar formato:
<p>,<ul>,<ol>,<li>,<strong>y<em>. No hay editor visual ni soporte de Markdown — el formato se aplica escribiendo las etiquetas a mano. Lo que escribas se renderiza directamente en el PDF del contrato. - Publicar una nueva versión. Al guardar un nuevo contenido, éste pasa a ser el texto que se incorporará en los contratos de todas las cuentas que se abran a partir de ese momento.
- Consultar qué versión firmó una cuenta. Desde el legajo de cada cuenta se puede ver el contrato exacto que el inversor firmó, asociado de forma inmutable al momento de la firma.
Conceptos clave
Versionado del contrato. El sistema mantiene un único texto vigente del contrato en la configuración de su organización. Cuando un inversor inicia la firma, el sistema genera el PDF del contrato con el texto vigente en ese momento y lo archiva como un archivo inmutable en el legajo del inversor. El inversor firma sobre ese PDF. Si después se actualiza el texto del contrato, los PDFs ya generados no cambian — la inmutabilidad se garantiza por el archivo PDF en disco, no por un sistema de versiones en base de datos. Para una cuenta puntual, el contrato firmado siempre es el PDF que se generó al momento de su firma.
Firma electrónica vs. firma digital. El sistema soporta firma electrónica y firma digital según la integración configurada para su organización. En ambos casos, el documento firmado queda almacenado, trazable y disponible para auditoría.
Reemisión de firma. Cuando una firma debe invalidarse y rehacerse —por ejemplo, ante un error de datos o un cambio contractual que requiere refirma— el sistema cancela la firma anterior (notificando al proveedor de firma si corresponde), marca la firma anterior como fallida internamente (con metadata que indica el motivo, el usuario que la canceló y la fecha), y genera una nueva solicitud de firma. El estado visible en el legajo es "fallida"; la metadata de cancelación queda registrada para auditoría. Tanto la cancelación como la nueva firma quedan vinculadas en el log de auditoría, lo que permite reconstruir la cadena completa de eventos.
Flujos típicos
Publicar una nueva versión tras un cambio legal o regulatorio
- El equipo legal redacta el nuevo texto del contrato.
- El oficial de cumplimiento accede a Configuración > Términos y condiciones.
- Reemplaza el contenido existente con el texto aprobado y guarda.
- A partir de ese momento, todos los contratos de nuevas cuentas incorporarán el texto actualizado.
Consultar qué versión firmó una cuenta para responder a una auditoría
- Accedé al legajo de la cuenta en cuestión.
- Localizá el contrato firmado en la sección de documentos o firmas.
- El documento refleja exactamente el texto vigente al momento en que el inversor firmó, sin alteraciones posteriores.
Cosas que conviene saber
- Las cuentas existentes no firman automáticamente la versión nueva. Publicar un texto actualizado no dispara ninguna acción sobre los inversores ya onboarded. Si la nueva versión requiere que cuentas activas refirmen el contrato, ese proceso debe iniciarse de forma explícita cuenta por cuenta.
- La versión firmada es inmutable. Una vez que un inversor firma, el contrato queda asociado permanentemente a su cuenta tal como estaba en ese momento. Ninguna actualización posterior del texto modifica ese registro.
- Respaldo ante auditorías. La trazabilidad completa —qué texto se firmó, cuándo, por quién y mediante qué modalidad de firma— es suficiente para responder requerimientos de la CNV, UIF u otros organismos de contralor.